¿estás pensando en adoptar?
La adopción en Colombia de menores tiene dos (2) etapas, a saber:
Esta se surte ante el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, que es la entidad encargada de declarar adoptable al niño, niña o adolescente.
Esta etapa se surte en los juzgados de familia, es decretada judicialmente; establece la relación paterno-filial a través de sentencia debidamente ejecutoriada.
Con esta figura se busca constituir una verdadera familia para el niño, niña o adolescente, con todos los deberes y derechos que esto conlleve, materializando de esta manera el derecho del menor a tener una familia, vigilando siempre el interés superior del menor, el cual prevalece sobre los derechos de los demás. Luego entonces, el adoptante se obliga a proteger, velar, proveer de todas las condiciones necesarias, para que el menor se desarrolle en un ambiente de afecto, fraternidad, y sobre todo bienestar.
Adopción de personas mayores:
Por otra parte tenemos, que en Colombia la adopción de personas mayores de edad es permitida, esta se realiza de manera directa ante Juzgado de Familia, a través de un abogado especialista en derecho de familia; se puede solicitar siempre y cuando se otorgue el consentimiento entre adoptante y adoptado, y, adicional a ello, se debe cumplir como único requisito que el adoptante tuviese el cuidado personal y a su vez, hubiese convivido bajo el mismo techo con el adoptado, por lo menos dos (2) años antes de que éste cumpliese la mayoría de edad, es decir, dieciocho (18) años de edad.